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Sunday, 15 de January de 2006 |
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Rider O`Neil gana demanda al Atlético Bucaramanga ante la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA.
El fallo confirma, una vez más, que el bajo rendimiento no puede ser causal de despido y obliga al club santandereano a indemnizar al jugador. La Cámara también llamó la atención sobre el proceso disciplinario que antecedió a su sanción afirmando que en este no se tuvieron en cuenta "principios jurídicos elementales".
En decisión dada a conocer el 23 de diciembre, la Cámara de Resolución de Disputas se pronunció sobre este caso en el que aduciendo bajo rendimiento el club santandereano había terminado unilateralmente el contrato con el uruguayo. Después de examinar la demanda de O`Neil y de escuchar los argumentos de ambas partes, la Cámara decidió que la cláusula incluída en el contrato y en la cual se basó el club para tomar su decisión "no es admisible, ya que crea un desquilibrio entre los derechos y las obligaciones del demandante y los del demandado". Añadió el ente que "el indebido comportamiento deportivo de un jugador no constituye en sí un motivo justificado de despido, máxime cuando los criterios para determinarlo son puramente subjetivos y dependen exclusivamente del juicio de una sola parte".
La cámara estableció también que los argumentos de índole disciplinario que también hacían parte de la defensa del Bucaramanga no podian ser considerados como prueba fehaciente en tanto que no se llevó a cabo en su momento un proceso disciplinario formal en el que el jugador tuviera la oportunidad de presentar sus descargos contraviniendo así "los principios jurídicos elementales". Todo esto motivó a la Cámara a decidir que el club había "rescindido unilateralmente su relación contractual con el jugador sin causa justificada".
En consecuencia, el Bucaramanga deberá abonarle a O'Neil, antes del 23 de enero de 2005 la suma de $7, 741,000 pesos colombianos. En caso de no cancelarse esa suma en el plazo establecido se aplicarán intereses moratorios del 5% anuales. Además, según reza la sentencia, la administración de la FIFA estará autorizada para trasladar el caso a la comisión disciplinaria de la FIFA. |
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Última modificación ( Sunday, 15 de January de 2006 )
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