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"Caso Bosman" de Latinoamérica, confirmado por el TAS
Tomado de: www.fifpro.org
Los futbolistas uruguayos Carlos Bueno y Christian Rodríguez, libres para jugar en Europa.
El 12 de julio de 2006, el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS / CAS) decidió sobre el recurso de apelación del club uruguayo Atlético Peñarol que fue interpuesto contra una decisión de la Cámara de Resolución de Disputas (CRD) de la FIFA.
El 24 de octubre de 2005,
la CRD decidió que el sistema de retención de jugadores (derecho de retención) iba en contra del reglamento de
la FIFA y que por tanto no es de aplicación.
La CRD falló que los jugadores implicados, Carlos Bueno y Christian Rodríguez, estaban libres para dejar el club Peñarol al final de sus contratos sin ningún montante de transferencia puesto que no estaban obligados a aceptar la prolongación unilateral del contrato con el club.
El club interpuso recurso contra esta decisión ante el TAS sosteniendo que las regulaciones en Uruguay autorizan esa manera de prorrogar un contrato. El tribunal colegiado del TAS falló que este sistema no es compatible con el reglamento de
la FIFA ni con la legislación suiza. La decisión de
la CRD fue confirmada y el club nuevo Paris Saint-Germain no tuvo que pagar una indemnización por la transferencia como había sido reclamada por Peñarol.
Esta decisión es de acuerdo con dos recientes sentencias anteriores del TAS. En los casos de los jugadores Acuña Caballero y Leandro Bomfim, también se decidió que el reglamento de
la FIFA puede prevalecer sobre la legislación nacional mientras la legislación nacional no sea vinculante.
A continuación, el comunicado de ACOLFUTPRO sobre este trascendental caso:
Agosto 4 de 2006 - Bogotá
El TAS (Tribunal de Arbitramento del Deporte) la máxima autoridad en materia de litigios en el deporte del mundo, emitió un fallo en el cual impide que los clubes profesionales de fútbol prolonguen unilateralmente los contratos de sus jugadores, y que por ende, una vez terminado el tiempo pactado en el contrato, el jugador quedé en absoluta libertad para negociar su transferencia con otro club.
Esto a raíz del caso de los jugadores Carlos Bueno y Christian Rodríguez del Peñarol. El club uruguayo pretendía retener a los jugadores e impedirles su paso al fútbol de Francia, argumentando que el contrato se había prolongado automáticamente de acuerdo a la Cláusula de “Renovación Unilateral” a favor de los clubes la cual se encuentra vigente en la Convención Colectiva Uruguaya. Peñarol apeló la sentencia de la Cámara de Resolución de Disputas (CRD) de la FIFA, que había declarado que el sistema de retención de jugadores (derecho de retención) iba en contra de la libertad de trabajo, principio que el reglamento de la FIFA contempla y que por tanto los jugadores eran libres para contratar con el París Saint-Germain.
La CRD falló que los jugadores implicados estaban en libertad para dejar el club Peñarol al final de sus contratos sin ningún costo de transferencia puesto que no estaban obligados a aceptar la prolongación unilateral del contrato con el club.
El club apeló esta decisión ante el TAS sosteniendo que las regulaciones en Uruguay autorizan esa manera de prorrogar un contrato. El tribunal colegiado del TAS falló que este sistema no es compatible con el reglamento de la FIFA. La decisión de la CRD fue confirmada y el club Paris Saint-Germain no tendrá que pagar una indemnización por la transferencia, como reclamaba Peñarol.
El abogado de la FIFPro (Federación Internacional de Futbolistas Profesionales) manifestó que en vista de que este sistema de renovación unilateral es generalizado en los países de Latinoamérica, la sentencia del TAS cobijará los contratos de trabajo de todos los jugadores en los países implicados.
En Colombia, la Corte Constitucional desde 1997 en su fallo C-320 estableció lo mismo que hoy ordena el TAS en su fallo, que al terminar el contrato de trabajo que vincule a un jugador con un club éste queda en absoluta libertad para contratar con otro club, por eso los clubes colombianos en abierta violación de dichos mandatos acordaron un “pacto discriminatorio” para impedir que los jugadores que quedasen libre fueran contratados en Colombia, pacto que ilegalmente le impidió a Juan Carlos Henao que fuese contratado por un club colombiano.
El impacto de esta sentencia se puede comparar con el de la sentencia Bosman del Tribunal de Justicia Europeo de diciembre de 1995, que tuvo una enorme repercución en los contratos de trabajo en el territorio de la UE.
Esta sentencia contribuye a una mejor posición de los jugadores en América Latina. La Federaciones Nacionales y la Conmebol deberán entonces cumplir con la sentencia del TAS y ajustar sus regulaciones a las normas de la FIFA.
La FIFPro apoyará y ayudará a sus asociaciones miembros, entre ellas la colombiana, para que las federaciones cumplan con el reglamento de la FIFA y no evadan el impacto de la sentencia del TAS. Este mismo tribunal fue el que falló hace algunos meses, de manera categórica e inapelable, a favor de la ciclista colombiana Maria Luisa Calle, quien recuperó la medalla de bronce obtenida en los juegos Olímpicos de Atenas 2004.
El abogado de
la FIFPro Wil van Megen: ‘En vista de que este sistema de renovación unilateral está generalizado por los países de Latinoamérica, esta sentencia del TAS afectará los contratos de trabajo de todos los jugadores en los países implicados.
El impacto de esta sentencia se puede comparar con el de
la sentencia Bosman del Tribunal de Justicia Europeo de diciembre de 1995, que tuvo un impacto enorme en los contratos de trabajo en el territorio de
la UE.
Vamos a tener que esperar lo que va a ocurrir ahora. Pero en cualquier caso, en sentido legal esta sentencia contribuye a una mejor posición de los jugadores en esos países. Parece sabio que las federaciones nacionales y
la confederación Conmebol cumplan con la sentencia del TAS y que ajusten sus regulaciones a las normas de
la FIFA.'
Ni que decir tiene que
la FIFPro apoyará y ayudará a sus sindicatos miembros que serán confrontados con federaciones que fallen en cumplir con el reglamento de
la FIFA o que traten de evadir el impacto de esta sentencia del TAS.
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